Amparados
en los Fundamentos de Derecho contenidos en la Sentencia del Tribunal
Supremo 705/2015, de 23 de diciembre, en nuestro bufete reclamamos a
los bancos, los gastos pagados por los clientes para la constitución
de la hipoteca. Dichos gastos son:
- Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados
- Gastos notariales
- Gastos de registro
Es un procedimiento de cuantía determinada, sólo tiene que
buscar en su documentación relativa a la constitución de la
hipoteca, y sumar dichos conceptos.
El fundamento de esta reclamación la encontramos en que son los
bancos prestamistas del dinero, quienes necesitan tener un "título
ejecutivo" en la mano, constituya garantía real, y adquiere la
posibilidad de ejecución especial, por si se da el caso de que los
prestatarios (clientes) dejaran de pagar la hipoteca. Con este
título, las entidades financieras pueden acudir directamente al
Juzgado para hacer efectiva la deuda.
Estas cláusulas son abusivas porque los bancos transmiten a los
usuarios unos gastos que no le son imputables, y son aquellos quienes
tienen que hacer frente a dichos gastos.
Sin duda, los clientes de nuestro despacho, para quienes hemos
recuperado en procedimientos judiciales de cláusula suelo unos
50.000 €, instarán demandas judiciales en reclamación de los
gastos de constitución de sus hipotecas.
Realizamos su reclamación con una mínima provisión de 50 €
Realizamos su reclamación con una mínima provisión de 50 €
Santiago A. González Castro
abogado.gonzalezcastro@gmail.com
La Rosa nº 28 - 2º dcha, 38002 S.C.
de Tenerife (+34) 619 141 156
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